Resuelto el duelo por las víctimas de los atentados de Barcelona y Cambrils, abroncado el Rey en su desfile por el paseo de Gràcia, el Procés vuelve con toda su fuerza para afrontar sus últimas semanas. Luego, si prosperan los planes del presidente Puigdemont, será el momento de una “negociación corta” con el Estado español para completar la creación de la nueva República. La mayoría de JxS y la CUP lo tienen todo listo. Por ellos no quedará. Primero fue el registro de la ley del referéndum de autodeterminación y ahora la ley de la transitoriedad jurídica para cubrir el salto de una legalidad a otra, una de las promesas recurrentes de Puigdemont: siempre habrá ley.  

El detalle de la legitimidad necesaria para aprobar legalidades está resuelto desde hace meses desde la perspectiva independentista: el ejercicio de la democracia, votar, aunque sea al amparo de una ley suspendida. El de la desobediencia es otro detalle cuya resolución se deja en manos de la fuerza popular de la indignación por tanta suspensión que queda.  “Queremos que haya un estado de derecho”, afirmó el diputado de JxS, Lluís Corominas, en la presentación de la proposición de ley, cuya tramitación queda sujeta al factor sorpresa aplicado por la mayoría independentista también a la ley del referéndum.

La votación por el pleno de esta proposición será por el método relámpago; en todo caso, ocurrirá antes del 1-O, será aprobada y guardada en el cajón hasta conocerse el resultado del referéndum anunciado. El diputado no entró en consideración sobre las características (o las insuficiencias) de un estado de derecho nacido de la desobediencia a un estado de derecho en vigor, se limitó a afirmar que la ley suprema catalana estará legitimada por la hipotética victoria del Sí en el referéndum. Una consulta que las autoridades españolas aseguran cada día que no va a celebrarse.

La ley conocida como de transitoriedad tiene un carácter de ley preventiva, será aprobada de forma condicional antes del 1-O justamente para reforzar el carácter vinculante de la cita con la historia. Además, implica un mensaje de doble dirección, subrayado por el diputado de la CUP, Benet Salellas. El portavoz de la CUP se refirió a una “interpelación al conjunto del país”.

En realidad, es una advertencia en toda regla a los partidarios del No a la independencia y también a los del no reconocimiento del referéndum para que recapaciten y vayan a votar (y de paso a legitimar la convocatoria con unos cuantos votos negativos): como pueden comprobar está todo previsto, luego, no se quejen. Para los partidarios del Sí es un incentivo para acudir a votar: ya no habrá más discusiones, ni más proceso, a las 48 horas de la victoria, el presidente de la Generalitat ya será el jefe del estado catalán.

El nuevo estado transitará unos meses con esta ley suprema, a la espera de unas elecciones constituyentes. Mientras estas no se celebren, la legislación excepcional mantendrá en vigor todas las normas actuales menos las que contradigan a la norma suprema. La Administración de la Generalitat reemplazará automáticamente a la Administración del estado español, asumiendo sus funcionarios y todos los contratos y derechos reales de la misma. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya se convertirá en Tribunal Supremo y el nuevo fiscal general del estado naciente será nombrado por el parlamento. La nueva república será trilingüe (catalán, castellano y aranés), admitirá la doble nacionalidad y una de las primeras cosas que hará será amnistiar a los represaliados por su “lucha por la república”. Salellas avisó que esta amnistía no será aplicable a los condenados por corrupción, se entiende que solamente a los inhabilitados por la justicia española por el 9-N y los que puedan verse afectados en el gobierno y en la cámara catalana por la desobediencia programada para las próximas semanas.

La ley tiene 89 artículos y 3 disposiciones adicionales, entre ellas la que prevé que el texto quedará anulado de ganar el No en el referéndum, en cuyo caso deberán celebrarse elecciones autonómicas. JxS y la CUP no consideran ninguna otra alternativa a la celebración del referéndum. En caso de entrar en vigor (al margen de su probable suspensión también relámpago por el Tribunal Constitucional), el texto contempla la aprobación de la constitución de la República Catalana por las 3/5 partes de los votos de la asamblea constituyente, una mayoría menos cualificada que la exigida para reformar el Estatuto que es de 2/3 de los diputados.