Atendiendo al sentido común –más que a la letra de la ley– y a la idea de salvaguardar a toda costa la apariencia de imparcialidad de la justicia, importante siempre pero mucho más en estos tiempos, la Audiencia Provincial de Sevilla ha admitido la recusación contra el magistrado Pedro Izquierdo, que desempeñó durante años el cargo secretario general de la Consejería de Justicia de la Junta y al que, mediante sorteo, le había tocado ser ponente del juicio contra los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán por la 'pieza política' de los ERE fraudulentos.

La recusación había sido presentada por el PP y el pseudo sindicato ultra Manos Limpias, con el argumento de que, aunque Izquierdo no habia tenido relación directa con ninguno de los dos presidentes, ambos ejercieron su cargo siendo el magistrado un responsable político de la Administración socialista que ahora se sienta en el banquillo. 

Sospecha generalizada

Aunque el juez había explicitado en un escrito su “percepción subjetiva de poder ejercer de forma responsable” sus obligaciones profesionales como presidente de la Sala y ponente, la Sala Tercera ha optado por cortar por lo sano. Su razonamiento principal para admitir la recusación es que la presencia del juez Izquierdo en el tribunal de los ERE proyectaría sobre el proceso una "apariencia de parcialidad". Por tanto, no podrá formar parte del tribunal que juzgue la pieza política de los ERE.

Si bien la Fiscalía rechazó la petición de apartar al juez, el propio Izquierdo admitía que las recusaciones planteadas por las partes estaban proyectando “de forma persistente una sospecha generalizada sobre si concurrirían las garantías necesarias para afrontar la celebración del juicio".

‘Si lo llego a saber…’

En declaraciones a los periodistas tras conocerse la decisión judicial, Pedro Izquierdo ha dicho respetar la decisión de la Audiencia de Sevilla, pero ha precisado que "si hubiera sabido que acceder a ese cargo –de secretario general de Justicia de la Junta-- iba a suponer una limitación en mi función jurisdiccional como juez, no lo hubiera aceptado".

Izquierdo razona así su posición: "Si una de las entidades recusantes considera que no resulta conveniente la participación de magistrados en órganos eminentemente técnicos de gestión del servicio público de justicia, deberá promover la correspondiente modificación legislativa que limite lo que hasta ahora se ha permitido".

El magistrado ha recordado que la Sección Tercera ha admitido la recusación "sin el informe favorable" de la Fiscalía Anticorrupción y ha aludido a la necesidad de promover esa reforma legislativa, de forma que la causa de recusación invocada en su caso “respondiera siempre a estrictos criterios de legalidad y no a criterios de oportunidad, evitándose situaciones como las que he tenido que afrontar antes de la resolución del incidente en demérito de mi credibilidad profesional, aunque esta no haya sido cuestionada".