"No ha lugar por el momento a llamar en calidad de investigado ni a Manuel Chaves ni a José Antonio Griñán", aunque sí al ex consejero de Empleo Manuel Recio. Es la posición trasladada por la Fiscalía Anticorrupción a la jueza María Núñez en la pieza separada de los cursos de formación que afecta al ex consejero de Hacienda Ángel Ojeda cuyas empresas recibieron 33 millones de euros para la formación de los ex trabajadores de Delphi.

Como se recordará, en esta causa se investiga "la defraudación de subvenciones del entramado de empresas, asociaciones y fundaciones que bien de derecho, bien de facto, regenta Ángel Ojeda", y en concreto las ayudas percibidas por estas empresas y trabajadores de Delphi y concedidas por la Administración andaluza "donde se simularon relaciones laborales inexistentes, permitiendo con ello de un lado reducir la conflictividad social en el área geográfica de la Bahía de Cádiz, y de otro lograr que un grupo de trabajadores incluidos en un dispositivo singular, siguieren percibiendo un salario con cargo a las subvenciones, sin prestar efectivamente trabajo por cuenta ajena".

Simples conjeturas

Los ex trabajadores de Delphi reclamaban la declaración como investigados de Chaves y Griñán, pero el fiscal rechaza la petición al entender que "no existen en la causa indicios, al menos por el momento, de la participación de los anteriores presidentes de la Junta de Andalucía, por más que los denunciantes puedan alegar sospechas, que de momento no pasan de simples conjeturas".

El fiscal Fernando Soto se pronuncia así ante la petición de la instructora respecto a la posibilidad de acumular en esta pieza separada una denuncia presentada por la asociación de trabajadores de Delphi, después de que los antiguos empleados hayan recibido a lo largo de 2016 del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sendas demandas en las que se les reclama el reintegro de los subsidios percibidos por desempleo.

Soto no se opone a que se acumule la denuncia de los ex trabajadores de Delphi a la causa de Ángel Ojeda, que inicialmente había recaído en el Juzgado de Instrucción número 20 de Sevilla, aunque considera que la asociación "tan solo ha de ser admitida como acción popular, por lo que procede la imposición de fianza".