Decididamente y al contrario que su antecesora Mercedes Alaya, la jueza María Núñez Bolaños es poco dada a sustentar una instrucción judicial sobre teorías de la conspiración. Si ya días atrás reprochaba a Alaya haber "empezado la casa por tejado” a propósito de su instrucción del caso de los avales de la agencia pública IDEA, ahora le recrimina tanto a ella como a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil urdir "teorías sobre conspiración y tramas delictivas" al investigar el fraude de los cursos de formación.

Un supuesto fraude de grandes dimensiones que finalmente está quedando en nada y unas teorías conspirativas que, "avaladas" por el PP, han causado un "daño" a personas "cuya honorabilidad y profesionalidad se ponen en cuestión, viéndose abocadas a defenderse como delincuentes en el proceso".

En un auto conocido este miércoles, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla ratifica el archivo de la causa dictado el 11 de octubre de 2016 y avalado por la propia Fiscalía Anticorrupción, también molesta con el PP por intentar resucitar la causa con malas artes procesales.

En su recurso de reforma, recuerda la magistrada, el PP "alega tan sólo aspectos formales, sin rebatir ni una sola de las cuestiones jurídicas esgrimidas como fundamento del sobreseimiento y archivo" de la investigación.

El auto de Núñez es demoledor. En él recuerda que esta causa nació sobre la "hipótesis elaborada" por la UCO tras "analizar e interpretar" los informes de la Cámara de Cuentas e interventores tanto en los informes de Auditoría de Cumplimiento del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), del ejercicio 2012, como los informes especiales de control sobre las delegaciones provinciales del SAE relativos a los ejercicio 2009 a 2012.

¿Una organización criminal?

El trabajo de la Guardia Civil no sale precisamente bien parado. La UCO, sostiene Núñez, "formula la hipótesis de que dichas irregularidades administrativas, detectadas tanto en la concesión, justificación y liquidación de las subvenciones, eran fruto de una actuación concertada y coordinada desde el SAE, fruto de una organización criminal, de una asociación ilícita, que comprendía toda la comunidad autónoma de Andalucía, desde la Dirección General a todas las delegaciones provinciales, quienes de forma concertada y bajo instrucciones específicas, que nunca se pudieron demostrar, beneficiarían a determinadas empresas o entes, 'red clientelar', dando lugar, de forma consciente, a la malversación del erario público".

A partir de esta atrevida premisa "se realizan registros y detenciones con la intervención de numerosos expedientes que obran en múltiples dependencias de esta sede e incluso como señala el PP-A con el precinto de sedes administrativas", dice la juez.

El respaldo del PP

Núñez critica con severidad el hecho de "iniciar causas penales desde la interpretación de informes de la Cámara de Cuentas e informes de la Intervención de la Junta que se traen a las actuaciones donde se recogen la existencia de irregularidades administrativas para, a partir de los mismos y de su interpretación, elaborar teorías sobre conspiración y tramas delictivas, como la sostenida en esta causa, viene siendo avalada también por el PP-A".

Núñez no dice expresamente que los agentes no estaban suficientemente preparados en derecho administrativo pero lo da a entender al afirmar que "el examen y análisis en profundidad y con seriedad de los informes técnicos" elaborados por la Intervención General de la Junta o por la Cámara o el Tribunal de Cuentas "requieren de un conocimiento especial y específico en derecho administrativo en sus diferentes materias y ramas", de forma que "se requiere de una especial formación en derecho administrativo cuyo desconocimiento puede llevar a conclusiones erróneas".

Cuestiones interpretables

La interpretación de dichos informes, por tanto, "ha de realizarse desde el conocimiento técnico y específico de la materia y teniendo siempre en cuenta dos premisas". La primera de ellas, que "la mayoría de las cuestiones que se suscitan son cuestiones jurídicas interpretables" y "sobre las que difieren los propios interventores u operadores jurídicos".

Y la segunda, que existencia de estos informes y el hecho de que en los mismos se realicen reparos a la gestión de la administración "ha sido y es una práctica frecuente y habitual que nunca, hasta ahora, ha dado lugar a la apertura de causas penales y ello, como los propios interventores señalan, porque no detectan ilícito penal alguno sino simple y llanamente irregularidades administrativas", de forma que "de haber detectado ilícito penal lo hubieran puesto en conocimiento" de la Fiscalía. Precisamente este doble argumento utilizado por la jueza Núñez aparece de forma recurrente en los recursos de numerosos altos cargos investigados en la macrocausa de los ERE.

Así concluye Núñez su argumentación al respecto: "Si no se denuncia el ilícito penal por los interventores, que son quieres examinan la actuación administrativa, cómo es posible que se abran numerosas causas penales partiendo de interpretaciones de los informes de la Intervención, causas que vienen siendo archivadas por los juzgados de Instrucción". Al igual que los dos agumentos anteriores, también este de los interventores ha sido profusamente esgrimidos por numerosas defensas en el caso de los ERE.

¿Como en los ERE?

La juez lamenta que la apertura de causas como ésta "puede causar un grave perjuicio a muchas familias, en este caso andaluzas, cuya fuente de ingresos y sustento se vio truncada", además de a las personas "que dejaron de recibir una formación necesaria y útil para su vida profesional", no obstante lo cual "lo más grave es el daño que se causa a personas cuya honorabilidad y profesionalidad se pone en cuestión, viéndose abocadas a defenderse como presuntos delincuentes en el proceso".

"Los jueces no trabajamos con papel, sino con personas, detrás de cada expediente o proceso hay familias y personas, por ello no es legítimo ni justificable utilizar maniobras para dilatar o mantener vivo un procedimiento sin ni siquiera discutir o rebatir los argumentos jurídicos de fondo expuestos" en el auto de archivo, critica la juez en alusión velada al PP-A.

Por lo demás, la juez se muestra también muy crítica con la conducta del PP: "Si el PP-A quería formular una recusación en la causa lo debió hacer conforme a la legalidad vigente, Ley Orgánica del Poder Judicial", no mediante "una extraña figura que hemos denominado 'recusación parcial administrativa'".