La Audiencia Nacional ha tumbado el plan de formación del Gobierno relativo al  año fiscal 2014 por ser “disconforme al ordenamiento jurídico”, obviar a los agentes sociales y no presentar el correspondiente informe. Esto supone un gran varapalo para la ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, ya que la Sala de Contencioso Administrativo ha fallado a favor de tres patronales que denunciaban que su plan de formación vulneraba la negociación colectiva recogida en la propia Constitución.

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal (Confemetal), la Federación Empresarial de Hostelería y Restauración (FEHR) y la Federación Empresarial de Asistencia a la Dependencia (FED) presentaron una demanda contra el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) el pasado 19 de agosto de 2014. Denunciaban que el dinero aportado por trabajadores y empresarios que debía destinarse posteriormente a financiar cursos de formación de los ocupados fue desviado para financiar otros cursos de formación, en esta ocasión, iban destinados a desempleados.

Desde Confemetal aseguran que la recaudación de dinero llegó a alcanzar los 1.900 millones de euros anuales, el 50% de los cuales fueron desviados, por lo que Báñez destinó casi 1.000 millones de euros a un fin no legítimo, ya que vulneraba lo establecido en el reglamento. Y es que, según la legislación vigente, el 0,1% de la nómina de los trabajadores y el 0,6% en el caso de los empresarios es retenido por el Estado para reinvertirlo en formación de los trabajadores, pero ese dinero acabó destinándose en 2014 para formación de desempleados.

La demanda fue rechazada el 15 de diciembre de 2015, pero las patronales mencionadas presentaron un recurso que ahora ha sido admitido. En una sentencia fechada a 21 de julio, pero que se hizo pública ayer, y a la que ha tenido acceso ELPLURAL.COM, el organismo judicial tumba el plan llevado a cabo por el Ejecutivo de Rajoy.

Y es que, no solo alegan que este proyecto violó los artículos 7 y 23 de la Constitución, que recogen la negociación colectiva y los derechos a participar en las decisiones de los interlocutores sociales; sino que también menciona que el SEPE no había realizado el informe correspondiente y prescindió “absolutamente” de ese procedimiento, ya que el informe debió haberse presentado con anterioridad a la proposición de distribución del presupuesto.

Consulta aquí el documento de la sentencia íntegra: