Nuevo varapalo para el ministro de Interior en funciones Jorge Fernández Díaz. El Tribunal Constitucional ha decidido en una sentencia publicada el 15 de agosto que se investiguen las torturas denunciadas por Garazi Rodríguez quien en el 2009 fue detenida en el transcurso de una operación contra la organización Segui y luego absuelta. Denunció malos tratos pero su reclamación no fue atendida... hasta ahora.

Esta sentencia junto a la que en el mes de julio emitió el Tribunal Supremo y otra de junio del Tribunal Europeo de Estrasburgo indicando también la obligación de investigar las torturas denunciadas por otro detenido, se contraponen a la actitud de Fernández Díaz quien arremetió contra un magistrado de la Audiencia Nacional por comentar en un foro del País Vasco en el mes de abril que las denuncias de tortura no se habían investigado suficientemente.

El juez, José Ricardo de Prada, de la Sección II de la Audiencia Nacional, quien forma parte de la sala que juzgará a partir del 4 de octubre el caso Gürtel, no había hecho más que mencionar las ocho condenas que por tal asunto ha recibido España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Sin paliativos fue inmediatamente “zarandeado” por Fernández Díaz quien no paró en su denuncia contra el magistrado hasta que el Consejo General del Poder Judicial abrió diligencias informativas para analizar el caso. Unas diligencias informativas que han seguido coleando pese a que el Promotor de la acción disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces manifestó públicamente que debían ser archivadas y a que el Consejo General del Poder Judicial es el órgano constitucionalmente encargado de proteger a los jueces contra los ataques de otros poderes del Estado.

Catalá “echó más leña al fuego”

Hay que decir que el ministro de Justicia en funciones, Rafael Catalá, no salió tampoco en auxilio del juez al que su colega de Interior estaba vapuleando. Y parece que debería haber sido su papel ante la “agresión” a un miembro del colectivo profesional que debe especialmente ser cuidado por su Ministerio. Muy al contrario “echó más leña al fuego” instando a De Prada a demostrar las torturas o a pedir perdón. En ambos casos asociaciones judiciales como Jueces para la Democracia y otras importantes organizaciones como Amnistía Internacional o la Asociación ProDerechos Humanos se movilizaron para denunciar el acoso que sufría el juez y reclamar que el ejecutivo respetara la independencia de la judicatura.

Frente a la actitud de negación de los ministros de Rajoy, la Sala Primera del Tribunal Constitucional vuelve ahora a dar la razón a juristas que como este magistrado se han pronunciado de forma más o menos tímida sobre este asunto. Lo expresa así: “Declarar que ha sido vulnerado el derecho fundamental de la demandante a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE), en relación con el derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos inhumanos o degradantes (art. 15 CE)”.

Constitucional: que se investigue

Y el alto tribunal decide retrotraer las actuaciones “al momento inmediatamente anterior al pronunciamiento de la primera de las citadas resoluciones para que el Juzgado de Instrucción núm. 29 de Madrid dicte una nueva respetuosa con el derecho fundamental vulnerado”.

“La jurisprudencia constitucional, al igual que la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, también ha hecho especial incidencia en que no cabe el archivo de la investigación judicial de una denuncia por torturas o tratos inhumanos o degradantes sin haber desarrollado una exhaustiva investigación agotando todos los medios razonables y eficaces de indagación. Tampoco desde esta perspectiva se puede afirmar que la tutela prestada por los órganos judiciales haya sido constitucionalmente suficiente...” señala el Constitucional.

El fiscal de Madrid se había opuesto a que se archivara el caso. Así lo resalta el Constitucional en los argumentos que basan su decisión: "En el momento del cierre de la instrucción, tal como también ha señalado el Ministerio Fiscal, existían todavía medios de investigación disponibles para tratar de despejar, en el sentido que fuera, la realidad de los hechos denunciados por la demandante de amparo".

La amargura de los ministros ante el Supremo

¿Qué dirá a esto Fernández Díaz? ¿Y Catalá? Ya sufrieron un momento anterior de amargura con la sentencia del Tribunal Supremo de julio de este año que ELPLURAL.COM primero anticipó y luego publicó en exclusiva y que supuso un impacto aun mayor ante los antecedentes que la rodeaban.

Esta sentencia se refería a la previa de la Audiencia Nacional sobre la explosión de un artefacto en el 2006 en Bilbao. El acusado, Iñigo Zapirain denunció haber sufrido torturas durante el periodo de incomunicación. Juzgó el caso la Sección II presidida por la magistrada Concepción Espejel. Formaba parte de la sala el juez José Ricardo de Prada.

Zapirain solicitó una prueba pericial para analizar los datos desde la perspectiva del Protocolo de Estambul que se refiere a estos casos de denuncia de tortura, especialmente la producida en periodos de incomunicación. La Sala decidió que no procedía la admisión de esta prueba con el voto particular en contra de De Prada quien se remitía para avalar la necesidad de admitirla, a la jurisprudencia internacional en este sentido.

El Supremo: a retomar el caso

Cuando el caso llegó al Supremo, la Sala II consideró que la denegación de tal prueba supuso una efectiva indefensión, siendo además pertinente y útil para la resolución del caso. La sentencia destacaba además la preocupante reiteración de sentencias condenatorias dictadas contra España por la ausencia de una investigación exhaustiva contra los responsables de tales execrables prácticas. Daban así la razón al juez De Prada en su voto particular reclamando que la Audiencia retomase el caso. Unas declaraciones del propio ponente del caso en el Supremo, el juez Joaquín Giménez a un medio informativo, insistían en estos aspectos.

Hay que añadir en el absurdo de la situación que contra el magistrado de Prada se había presentado además una recusación para que no pudiera intervenir en juicios relacionados con presuntos miembros de ETA, siempre en base a la conferencia del País Vasco que tal mal sentó a Fernández. La recusación se archivó por decisión mayoritaria del pleno de la Audiencia Nacional si bien, según pudo saber ELPLURAL.COM de fuentes jurídicas, con un alegato vehemente en contra por parte de los jueces Espejel y su colega de sección Enrique López, ambos recusados en el caso Gürtel.

Lo cierto es que mientras los principales tribunales de nuestro país siguen insistiendo de forma demoledora en lo que ya el Tribunal Europeo de Derechos Humanos había advertido, es decir que en España no se ha procedido a investigar correctamente las denuncias de presuntas torturas, la reacción del ejecutivo no ha podido ser más negacionista. Y el silencio de los medios informativos que acostumbran a aplaudirles, estruendoso ante estas sentencias. Contrasta con el barullo que tiene lugar cuando un juez plantea un discurso de otro estilo. Probablemente los ministros en funciones de Rajoy deberían al menos pedir disculpas y reconocer que se equivocaron.