Muchas son las interpretaciones que se le están dando al ‘sí’ en diferido que Mariano Rajoy le trasladó este jueves al Rey Felipe VI. El actual presidente del Gobierno en funciones dejó en el aire que se presentara a la investidura sin apoyos y, sin entrar en la constitucionalidad o no de su decisión, lo cierto es que es una contradicción del PP ya que el pasado febrero el portavoz del Grupo Popular, Rafael Hernando, envió un documento a la Mesa del Congreso mencionando que la ley obligaba a convocar de manera “inmediata” el debate de investidura.

Fue, concretamente, el 12 de febrero cuando Hernando remitió un escrito en el que, apoyándose en el artículo 99 de la Constitución y en el 170 del Reglamento del Congreso, instaba al por entonces presidente del hemiciclo, Patxi López, a convocar el pleno de investidura. El portavoz popular mencionaba que una vez el monarca comunica un nombre al presidente del Congreso, debe producirse sin más dilación el debate de investidura.

El documento rezaba lo siguiente: “Este artículo contempla un claro deber constitucional, una obligación que tiene que cumplir necesariamente el presidente de la Cámara y que tiene que asumir en ejecución del mandato recibido de su majestad el Rey y del propio deber que se contempla en dicho artículo".

El escrito reiteraba que el Reglamento del Congreso "denota no solo su sentido y espíritu imperativo, de obligado cumplimiento, sino una acción o conducta que va a ocurrir en un momento posterior e inmediato del supuesto de hecho que trae causa a la aplicación de este artículo, sin mediar tiempo entre ellos, y de forma automática, casi simultánea".

Felipe VI comunicó este jueves a Ana Pastor que el candidato era Mariano Rajoy, pero tanto la presidenta del Congreso como el líder popular eludieron hablar de investidura: Pastor pidió tiempo y Rajoy no quería “adelantar acontecimientos”. La cuestión es que, una vez más, el PP se contradice ya que no protagoniza ahora la misma celeridad que reclamó en su momento a Pedro Sánchez.