La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha decidido archivar la denuncia contra Pablo Iglesias por supuestos pagos procedentes del Gobierno de Venezuela en marzo de 2014, a través de un banco situado en un paraíso fiscal, por la prestación de servicios de asesoramiento. En dicha querella se le atribuían delitos de financiación ilegal y blanqueo de capitales al diputado y líder de Podemos.

Eduardo Inda denunciaba precisamente estos hechos presentando un documento -cuya procedencia y veracidad quedó en entredicho- en el cual atribuía al líder morado un ingreso de la Ejecutiva de Nicolás Maduro que alcanzaba los 272.325 euros en calidad de asesoramiento “para el desarrollo social en el país”.

El Supremo ha desestimado la denuncia al considerar que se basa en “simples noticias” difundidas en medios de comunicación, por lo que no constituyen verdaderos indicios de delito. Asimismo, el auto señala que las “tres fotocopias” presentadas como prueba junto a la denuncia son insuficientes ya que “no se ofrece elemento o principio de prueba alguno” que evidencie las actuaciones delictivas planteadas.

El TS no considera los hechos ilegales ya que el delito por financiación ilegal se tipificó por primera vez en el año 2015 y los hechos denunciados datan de marzo de 2014. Además, no se percibe ningún atisbo de blanqueo de capitales porque esto implicaría un origen ilícito de los bienes recibidos, y el ejecutor del pago es perfectamente lícito, en este caso, el Gobierno de Venezuela.

La Sala Segunda ha rechazado la posibilidad de abrir una investigación para esclarecer los acontecimientos ya que “la mera publicación de informaciones en los medios de comunicación no puede justificar la apertura de un procedimiento penal para su investigación si la denuncia que los incorpora, como es el caso, no aporta u ofrece algún indicio de su comisión que pueda ser calificado como accesible y racional".

De esta manera, la teoría que abanderaba Eduardo Inda se desmorona. El director de OkDiario alardeaba de tener pruebas que evidenciarían la financiación ilegal de Podemos, pero lo cierto es que a pesar de que se demostrara la originalidad del documento del que presumía, los hechos que denunciaba no son constitutivos de delito.