Toni Ferrer y Ana Viñas



La tan anunciada recuperación económica va acompañada de una precariedad en el empleo. Decía Mariano Rajoy  la semana pasada en Antena 3 que su “mayor satisfacción en estos cuatro años es haber conseguido crear más de un millón de empleos”. Pero, según los propios datos registrados en los Servicios Públicos de Empleo el 93% del total de los contratos registrados tiene carácter temporal y de ellos casi una cuarta parte, un 22,5% tienen una duración máxima de siete días.  Hoy, el sindicato UGT ha presentado un informe en el que se analizan la evolución de  estos contratos de cortísima duración entre julio de 2007 y julio de 2015.

Crecen los contratos de una semana
Así,  por ejemplo, en julio de 2007 el número de contratos de una duración máxima de siete días representaban el 13,7% de todos los contratos; en los últimos dos años se sitúan por encima del 22,5%. Del total de los contratos de menos o igual de 7 días, un 74% son eventuales por circunstancias de producción, el 55,6% se firma con hombres y el 44,4%, con mujeres y, por edad, se concentran, sobre todo en los tramos de 20 a 35 años (el 50,6%) y , por sectores, se registran mayoritariamente en el sector servicios ( 84,5%) e industria (11,7%). Llama la atención que este tipo de contratos no se registra de forma mayoritaria, como se podría pensar, en sectores con un carácter más estacional (como la hostelería) sino que se está extendiendo a otros como las actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento (44,2%) , la industria manufacturera (27,5% )o información y comunicaciones (25,2%). Por tamaño de empresas la mayor concentración de este tipo de contratos se localiza en las de hasta 25 empleados ( un 42,7%) y las empresas de entre 101 y 500 trabajadores (un 20,3%).

¿Puede haber fraude?
A la luz de todos estos datos, el secretario de Acción Sindical de UGT, Toni Ferrer ha explicado que han pedido al gobierno “información detalla  sobre la utilización de estos contratos y que nos explique y nos diga cuántos ingresos por esa sobrecotización que está vigente”.  Ferrer recordaba que, desde 2001, está vigente, para este tipo de contratos,  con un incremento del 36 por ciento en la cuota empresarial a la Seguridad Social y que ya en 2010  el gobierno de dirigió a las empresas porque detectó que muchas empresas, a la hora de la autoliquidación, no pagaban lo que está previsto.

A pesar de esta penalización este tipo de contratos de duración máxima de 7 días  no solo sigue utilizándose sino que ha aumentado significativamente en los últimos años, subrayan desde UGT.   La reforma laboral ha sido una especie de “reactivo” para el crecimiento exponencial de este tipo de contratos, señala Ferrer. El secretario de acción Sindical de UGT añadía que en estos momentos, lo que se está poniendo en cuestión es que la contratación en nuestro país obedezca a causa “Es dar carta de naturaleza a los abusos” asegura Ferrer.

“El tema de la descausalización de los contratos no es compatible con el ordenamiento jurídico ni tiene encaje con las directivas europeas”, concluye Ferrer.