El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de los grupos de la oposición en el Congreso de los Diputados contra los artículos de la reforma del Código Penal que regulan la cadena perpetua bajo el nombre de prisión permanente revisable, y que entró en vigor el pasado día 1 dentro de la aprobación de la conocida como Ley Mordaza.

Se trata de un recurso de inconstitucionalidad promovido por los grupos socialista, CiU, La Izquierda Plural, UPyD, PNV y mixto, que estiman que la nueva medida es una "cadena perpetua encubierta".

Cuatro artículos de la Constitución
En una providencia al TC acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, que disponen de un plazo de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones. La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, que el tribunal resolverá en próximas fechas.

Los recurrentes alegan que la prisión permanente revisable vulnera cuatro artículos de la Constitución, en concreto el 15.1, que prohíbe penas inhumanas; el 17, que regula el principio de proporcionalidad; el 25.1, ya que no es una pena determinada sino que se prolonga en el tiempo incluso hasta la muerte del reo, y el 25.2, al restringir la posibilidad de reinserción.