Un juzgado de Tarragona ha 'resucitado' el fallido programa de TVE Entre Todos, que presentaba Toñi Moreno. Y lo ha hecho para condenar a la televisión pública por haber vulnerado los derechos de imagen y la intimidad personal de un niño con discapacidad. El juzgado intervino a raíz de una denuncia que había presentado la fiscalía.

Informaciones "entroncadas con la curiosidad morbosa"
Según la sentencia, en su edición del 21 de octubre de 2013, Entre Todos había utilizado la imagen de un niño discapacitado "débilmente pixelado", por lo que resultaba reconocible, además de que se dieron el nombre y apellidos de sus padres y las iniciales del propio menor.
 

Toñi Moreno, presentadora del programa de TVE 'Entre Todos'

 

 


Los jueces han considerado que en el programa, bajo la escusa de los fines conmiserativos, se ofrecieron informaciones "entroncadas con la curiosidad morbosa", como el dato de la esquizofrenia de la madre y se contaron datos como el intento que tuvo la misma de axfisiarlo con una almohada, la minusvalía del niño, la situación de su custodia...

En la sentencia, que ha obtenido el diario El País, se puede leer que "Era un programa de ayuda, donde se podía solicitar la misma sin necesidad de explicar aspectos que afectaban a la intimidad del menor. En absoluto primó el interés del menor sino que se usó un mecanismo de morbo, que era la tónica para garantizar una audiencia, se le preguntó al padre por aspectos respecto de los cuales tiene el menor el derecho fundamental de la intimidad para su protección así como de su propia imagen”.

El rol del padre
El juzgado de primera instancia de Tarragona no sólo ha condenado a TVE, sino también solidariamente a Proamagna, productora de Entre todos y a Nicolás Díaz Bustos, director del programa.

En su argumentación, el juez ha desestimado, recuerda El País, el argumento de TVE, según la cual el padre del menor consintió en los hechos y de que “es tan responsable como el que más, de existir responsabilidad en el quebranto de la intimidad del menor”. Eso sí, no ha concedido una indemnización para el menor de 10.000 euros por daños y perjuicios, ya que en un informe pericial de tres psicólogos se informa de que el niño no presenta actualmente “sintomatología reactiva” por aquel programa.