Los expertos en Derechos Humanos de las Naciones Unidas hicieron público este viernes un comunicado advirtiendo que “el Estado español está  obligado a extraditar a los responsables de violaciones graves de los Derechos Humanos, mientras no se tomen medidas para garantizar el acceso a la justicia y el derecho a la verdad de las víctimas ante las instancias legales españolas”. Esta declaración se produce a raíz de la decisión del Gobierno español de no extraditar a 17 personas acusadas por la justicia argentina de violaciones graves de los Derechos Humanos cometidas durante el régimen franquista, incluidos varios ex ministros franquistas como José Utrera Molina o Rodolfo Martín Villa o funcionarios como el conocido Billy el Niño a quien sus víctimas acusan de terribles torturas.

 

“La denegación de la extradición deja en profundo desamparo a las víctimas y a sus familiares, negando su derecho a la justicia y a la verdad”, indicaron los expertos de la ONU que han mantenido comunicación con el Gobierno español en relación con las extradiciones ordenadas en octubre de 2014, en el marco de la llamada ‘querella argentina’, en la que se investigan fusilamientos, torturas, robo de bebés y otros delitos.

 

 

Suscrito por cuatro relatores
El comunicado ha sido emitido por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el  27 de marzo de 2015, y lo suscriben  Ariel Dulitzky, presidente del Grupo de Trabajo sobre las desapariciones forzadas o involuntarias; Christof Heyns, Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; Juan E. Méndez, Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; y Pablo de Greiff, Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.

 

 

A causa de la negativa del Gobierno
La advertencia de la ONU se produce como consecuencia de la decisión adoptada en Consejo de Ministros del Gobierno español el pasado 13 de marzo de 2015 por la que se denegó las solicitudes de extradición formuladas por las autoridades judiciales argentinas de veinte personas –tres de ellas hoy fallecidas-, acusadas de crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura franquista, refiere la coordinadora CEAQUA personada en la causa contra los crímenes del franquismo que instruye en Argentina la jueza María Servini de Cubría.

 

 

Juzgar a los responsables
“Reconocemos que cabe entre las competencias del Estado español la posibilidad de denegar esta solicitud de extradición”, expresan en el comunicado. “Pero si no extradita, el Estado tiene la obligación de garantizar, ante las jurisdicciones nacionales, el acceso a la justica para las víctimas de violaciones graves de los Derechos Humanos y el derecho a la verdad”. Indica también  el comunicado cómo la justicia argentina estableció que los delitos que investiga constituyen crímenes de lesa humanidad y pide poder juzgar a los responsables, bajo el principio de jurisdicción universal.

 

 

Argumentos sin base
Los expertos independientes recalcaron que los argumentos preliminares presentados por el Consejo de Ministros para evitar las extradiciones “carecen de base, pues parecen ignorar y contradecir las normas y estándares internacionales de los Derechos Humanos”.

 

 

Crímenes de lesa humanidad
“En particular, el Estado español no puede escudarse en los principios de prescripción y extinción de la responsabilidad penal para no extraditar, o juzgar, a los responsables de violaciones graves de los derechos humanos”, señalaron. “La tortura, las ejecuciones sumarias y la desaparición forzada pueden constituir crímenes de lesa humanidad”.

 

 

Imprescriptibles
El derecho internacional es muy enfático, acentuaron los expertos de la ONU: “Los crímenes de lesa humanidad y los delitos de tortura son imprescriptibles, es decir que no ‘vence’ la obligación del Estado de investigar y sancionar a los responsables”.

 

 

Obligación de investigar desapariciones
“Asimismo, la desaparición forzada es un delito continuado y una vulneración permanente de los derechos humanos. La obligación de investigar perdura hasta que se esclarezca la suerte y paradero de la persona”, añadieron.

 

 

Principios no aplicables
El Gobierno español también invocó los principios de jurisdicción preferente y de no doble incriminación. Sin embargo, los expertos de la ONU explicaron que estos principios no se aplican en estos casos, ya que a la fecha - más de 40 años después de los hechos – “no se han iniciado en España investigaciones sobre estos delitos, que incluyen tortura, desapariciones o ejecuciones cometidas durante el franquismo”.

 

 

Desamparo de las víctimas
Por su parte, la coordinadora de apoyo a la querella argentina (CEAQUA) han subrayado  que “los expertos en Derechos Humanos de las Naciones Unidas manifiestan que la decisión adoptada por el Consejo de Ministros deja en profundo desamparo a las víctimas y sus familiares, negando su derecho a la justicia y a la verdad, y que los argumentos ofrecidos para denegar los pedidos de extradición carecen de base y parecen ignorar y contradecir las normas y estándares internacionales de los derechos humanos”.

 

 

Severa reprensión
“Recuerdan al Estado español su obligación de extraditar o juzgar a los responsables de los referidos crímenes. Y una vez más, el Estado es severamente reprendido y censurado por estos expertos por incumplir sistemáticamente sus obligaciones internacionales contraídas en esta materia, algo que resulta impropio de un Estado de Derecho”, señalan.

 

 

Expertos independientes
El comunicado del Alto Comisionado explica que “los Relatores Especiales y Grupos de Trabajo forman parte de los ‘Procedimientos Especiales’, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, que reúne a los mecanismos de investigación y monitoreo establecidos por el Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su labor. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual.

 

 

A continuación se aporta una serie de enlaces para conocer mejor el papel de los relatores y los informes emitidos sobre este tema.


 Informe sobre España del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias (A/HRC/27/49/Add.1) – 02/07/2014

Observaciones finales sobre España del Comité contra la Desaparición Forzada (CED/C/ESP/CO/1) -   12/12/2013