Personas que han vivido holgadamente durante años e incluso fueron capaces de comprar su propia vivienda, ahora, a causa de un imprevisto o una situación de paro prolongado, se encuentran necesitadas de liquidez y, cuando piden un crédito al banco, este se lo deniega.

Una solución para estos casos son los créditos privados que pasan por poner la vivienda como aval. El mercado actual ofrece hasta dos tipos de soluciones:

1. El préstamo con garantía hipotecaria

Se trata de préstamos que toman como garantía un inmueble ya pagado o con una hipoteca prácticamente liquidada. Sin embargo, no son una hipoteca, puesto que su función no es la compra de vivienda, sino que  puede ser cualquier otra, desde hacer unas reformas hasta comprar un coche de segunda mano.

Hemos de ser conscientes de que la casa actúa como garantía del préstamo así que, en caso de impago, corremos el riesgo de perderlo a favor de la entidad prestamista.

Una de las empresas que ofrecen este servicio actualmente es SF Gold con las siguientes ventajas:

- Concede préstamos de hasta el 70% del valor de la casa

- El cliente puede devolver el dinero hasta en 35 años

- No importa que el cliente esté en listas de morosos como RAI o ASNEF

- Dinero en cuenta en 48 horas

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2. La hipoteca inversa

Es otro producto financiero que permite obtener ingresos a través de un préstamo que tiene nuestra vivienda como garantía. En otras palabras, se trata de convertir el valor de la casa en una renta mensual. Eso sí, para poder optar a este producto es imporescindible ser mayor de 65 años o padecer una dependencia severa.

La cantidad que el banco nos ingresará en cuenta cada mes dependerá de 3 factores:

1. Edad. A más años, más dinero. El banco calcula que tendrá que abonar dinero durante menos meses y considera su “perfil ideal” a las personas de más de 75 años.

2. Sexo. Las mujeres cobran menos ya que, estadísticamente, tienen una esperanza de vida mayor.

3. Precio de la vivienda. Cuanto más caras, más dinero. El “perfil ideal” aquí sería para propietarios de inmuebles de 300.000 – 400.000 €.

El plazo habitual de cobro suele ser de entre 10 y 20 años. Pero el cliente ha de ser consciente de que, además de devolver el préstamo, tendrá que hacer frente a otros gastos asociados a este producto, como la comisión de apertura, los gastos de gestión y el seguro de rentas vitalicias diferidas.

Por último, hay que saber que todas las cantidades recibidas, más los intereses, más los gastos de la operación, son exigibles por parte de la entidad únicamente al fallecimiento del último de los titulares. El producto está ideado para que, en ese momento, el valor de la vivienda sea superior a la deuda acumulada, para facilitar así la cancelación de la deuda por parte de los herederos. Éstos podrán vender la vivienda, saldar la deuda y quedarse la diferencia, o si prefieren mantener la vivienda, podrán cancelar con recursos propios o refinanciando la operación.

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 En definitiva, no se trata de soluciones ideales, sobre todo porque los costes no son bajos, pero sí se trata de fórmulas que permiten solucionar un problema de solvencia a corto plazo, en momentos en que los bancos no están por la labor de concedernos un crédito.