La Justicia ha dado la razón a UGT en su demanda contra la potente empresa Bosch. El Tribunal de lo Social Número 25 de Madrid ha fallado a favor de lo defendido por MCA-UGT, que en una demanda en solitario reclamaba a Robert Bosch España Fábrica de Madrid que abonase a los trabajadores el complemento de antigüedad desde que fueron contratados temporalmente por primera vez, y no desde que se les hizo indefinidos, como pretendía la empresa.

La empresa alegaba que la fecha en la que los trabajadores pasaron de ser temporales a indefinidos era la correcta para computar el complemento de antigüedad, provocando un perjuicio económico a los trabajadores que afectaba a sus pluses recogidos en el convenio colectivo, como el de tarde, nocturnidad, toxicidad...

Medida homogénea
Robert Bosch también reclamaba una inadecuación del proceso porque, según ellos, las demandas debían hacerse caso por caso, y no de manera colectiva. Pero la sentencia, en sus fundamentos de derecho, también tumba esta tesis porque cree que la medida que la empresa quería tomar sobre los trabajadores era de manera homogénea.

"Ninguna otra diferencia"
"La única diferencia entre los trabajadores afectados por la sentencia es la del tiempo transcurrido entre contratos temporales, que es lo único alegado por la demandada, sin que haya probado ninguna otra diferencia que pueda hacer que las circunstancias de los trabajadores no sean homogéneas", reza el texto de la sentencia, que puede consultarse íntegra aquí.

Antigüedad de todos
En su demanda, UGT pedía que la empresa reconociera la antigüedad a todos los trabajadores de Robert Bosch afectados en función de la totalidad de los servicios efectivos prestados, con o sin solución de continuidad y bajo cualquier modalidad contractual en la empresa, de forma que a los trabajadores temporales con interrupciones en su contratación superiores a los 20 días se les pudiera computar el complemento de antigüedad desde el inicio de la relación laboral.