El auto dictado por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería, al que ha tenido acceso y que hoy adelanta el diario Ideal, reconoce que el pronunciamiento judicial "no puede alterar" el carácter temporal de la relación laboral que tenía la profesora en el momento de su despido, que fue declarado nulo hace casi un año.

Contratada en esa fecha
El magistrado Juan Carlos Aparicio recuerda que el Real Decreto 696/2007 de 1 de junio modificó la relación laboral de los profesores de religión, de modo que los no pertenecientes al cuerpo de funcionarios docentes que estuvieran contratados en esa fecha pasarían a tener una relación laboral por tiempo indefinido siempre que cumplieran los requisitos de la norma.

No estaba trabajando
A este respecto, indica que la profesora no estaba trabajando en la fecha en la que se aprobó el Real Decreto, al haber sido despedida el uno de septiembre de 2001, y por tanto se desconoce "si reuniría o no los requisitos exigidos para ser contratada como personal definido".

No existía "obligación"
Asimismo, señala que no existía "obligación" por parte del Obispado de proponer a la profesora para el siguiente curso, ni de ser contratada por parte del Ministerio.

En el plazo de cinco días
Por ello, el juez requiere al Ministerio de Educación para que "en el plazo de cinco días reponga a Resurrección Galera Navarro en su puesto de trabajo de profesora de moral y religión católica en el Colegio Público de Educación Infantil y Primaria Ferrer Guardia" de la capital almeriense "durante el presente curso escolar", esto es hasta el 31 de agosto de 2012.

Salarios que dejó de percibir
El juez también establece que el Ministerio de Educación debe abonar a Galera 42.374,98 euros, una vez descontados los rendimientos obtenidos entre 2003 y 2010 como trabajadora de la Junta de Andalucía a la cifra de 157.287,10 euros que todavía se adeuda a la profesora por los salarios que dejó de percibir.

Nulidad del despido
El juez ha emitido el auto tras escuchar a las partes en una vista celebrada el pasado 11 de abril para resolver la ejecución de la sentencia dictada por el mismo juzgado hace casi un año, que declaraba la nulidad del despido y obligaba a la readmisión de la profesora y al pago de los salarios que dejó de percibir.