En un auto notificado hoy, la Audiencia madrileña acuerda "el sobreseimiento libre de la causa", instruida por la juez Coro Cillán, "por constituir la misma cosa juzgada material", ya que otra denuncia anterior por los mismos hechos, interpuesta por el partido político de extrema derecha Alternativa Española, y fue archivada por otro Juzgado de Madrid.

Hechos ya juzgados
Además de Sánchez Manzano, en la causa, que Cillán instruía como titular del Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid, estaba imputada una perito del grupo de técnicos de desactivación de artefactos explosivos (TEDAX). La Audiencia de Madrid, según recoge EFE, ha estimado así el último de los recursos de apelación presentado por Sánchez Manzano y la perito, que entendían que se les estaba investigando por unos hechos -el análisis, recogida y puesta a disposición de las muestras del 11-M- que otro Juzgado de Instrucción de Plaza de Castilla e incluso la propia Audiencia Nacional habían dado ya por juzgado sentenciando que "no eran constitutivos de infracción penal".

Narración "absolutamente coincidentes" de las denuncias
Además, los imputados subrayaban en su recurso que Cillán solo hizo referencia al inculparles a que existían dudas sobre el análisis de los explosivos, sobre la recogida y la entrega de muestras de los atentados del 11-M, dudas que "ni siquiera serían constitutivas de ilícito penal alguno". La Audiencia Provincial entiende que la narración de los hechos de las dos denuncias estudiadas en sendos Juzgados de Instrucción de Madrid, aunque no sea "idéntica", es "absolutamente coincidente" en cuanto a la supuesta ocultación de Sánchez Manzano y la perito de las pruebas obtenidas en los doce focos de las explosiones del 11-M.

Cillán siguió adelante aunque era una denuncia 'repetida'
La Audiencia advierte de que la juez Cillán asumió el conocimiento de los hechos denunciados "a pesar de ser los mismos que los conocidos en su día y previamente por el Juzgado de Instrucción número 6", destaca el auto de la sección 17 de la Audiencia Provincial, que recuerda que es un derecho fundamental el impedir castigar dos veces por un mismo delito o falta. El auto rechaza otras pretensiones de los recurrentes, como la de que la causa fuera enviada a la Audiencia Nacional al tratarse de un delito de encubrimiento de hecho terroristas, pero el tribunal madrileño mantiene que la competente es la jurisdicción ordinaria. Esta circunstancia es la que permite recurrir la resolución dictada hoy ante el Tribunal Supremo, ya que de haber seguido adelante la causa, la sentencia que se hubiera dictado en su día podría haberse recurrido en casación ante el alto tribunal.

Pedro J. confía en el Supremo
Poco después de conocerse la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid, el director de El Mundo, que ha jaleado desde su diario el proceso contra Sánchez Manzano, expresaba su decepción, pero también su esperanza en el Supremo. "Hemos analizado el auto de archivo de la querella contra Manzano. Es un duro golpe a las victimas pero creemos que el TS lo revocará", apuntó en su Twitter. De hecho, la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M ya ha recurrido ante el Tribunal Supremo, mostrando en un comunicado su "absoluta conmoción y desolación" por el archivo de su denuncia.