En el recurso el letrado de la Junta dice que la petición que realiza la juez "es imposible porque, sencillamente, la norma que regula el régimen de aprobación de las inversiones en el seno de la agencia IDEA en ningún caso exige la autorización del titular de la Consejería", como afirma el auto judicial.

Solo la parte que afecta a Griñán y la Consejera
La Junta, por ello, solo recurre la parte del auto en el que la juez de instrucción 6 acordó que la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) le remita la autorización del consejero de Economía, previa a la aprobación por el consejo de Gobierno de las operaciones de endeudamiento igual o superior a 1.200.000 euros en relación a 21 empresas. La juez Mercedes Alaya incluyó dicha petición dentro de su investigación sobre "la concesión ilícita de ayudas públicas durante más de una década, ya por la total carencia de procedimiento, ya por la concesión a determinadas personas".

La jueza "puede haber incurrido en un error"
Dice el recurso que la juez puede haber incurrido en un error, pues primero habla de los "límites cuantitativos" que determinan la competencia para realizar pagos, y la parte dispositiva de su auto sufre una "sustancial variación" y pide la autorización que existiese en el caso de "operaciones de endeudamiento", que "son conceptos antitéticos". "Hubiera bastado la mera lectura del Decreto 26/2007 y de la Ley General de Hacienda Pública para comprobar que no cabe una diligencia sobre un hecho que, referido a un trámite administrativo, no prevén dichas normas", sostiene el letrado de la Junta. Según el recurso, como del contenido del auto se desprende que lo que se investigan son las ayudas pagadas por IDEA a las 21 empresas que cita, "es evidente que dichos pagos no requieren, porque no lo prevé la norma, la previa autorización del titular de la Consejería de Economía".

El auto y el PP
También reprocha que el auto de la juez "acepta el relato" del escrito de una de las acusaciones, en referencia al PP.